Art. 119. Gratuidad de la justicia.
Jan 20, 2020•16 sec
Episode description
Art. 119. Gratuidad de la justicia.
La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
La justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
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